1/ El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en esta Declaración. Estos derechos serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna ni distinción o discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento u otra condición, ya sea del propio niño o de su familia.
2/ El niño gozará de una protección especial y dispondrá de oportunidades y servicios, dispensado todo ello por la ley y por otros medios, para que pueda desarrollarse física, mental, moral, espiritual y socialmente en forma saludable y normal, así como en condiciones de libertad y dignidad. Al promulgar leyes con este fin, la consideración fundamental a que se atenderá será el interés superior del niño.
3/ El niño tiene derecho desde su nacimiento a un nombre y a una nacionalidad.
4/ El niño debe gozar de los beneficios de la seguridad social. Tendrá derecho a crecer y desarrollarse en buena salud; con este fin deberán proporcionarse, tanto a él como a su madre, cuidados especiales, incluso atención prenatal y postnatal. El niño tendrá derecho a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados.
5/ El niño física o mentalmente impedido o que sufra algún impedimento social debe recibir el tratamiento, la educación y el cuidado especiales que requiere su caso particular.
6/ El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de su personalidad, necesita amor y comprensión.
7/ El niño tiene derecho a recibir educación, que será gratuita y obligatoria por lo menos en las etapas elementales.
8/ El niño debe, en todas las circunstancias, figurar entre los primeros que reciban protección y socorro.
9/ El niño debe ser protegido contra toda forma de abandono, crueldad y explotación.
10/ El niño debe ser protegido contra las prácticas que puedan fomentar la discriminación racial, religiosa o de cualquier otra índole. Debe ser educado en un espíritu de comprensión, tolerancia, amistad entre los pueblos, paz y fraternidad universal, y con plena conciencia de que debe consagrar sus energías y aptitudes al servicio de sus semejantes.
MARTA RAMOS/ALICIA ENTREMONZAGA
2 comentarios:
Hola!
muy bien por poner los derechos del niño, son 10 puntos muy interesantes que tienen que hacer reflexionar.
Pero que digo... no sólo reflexionar! hay que actuar...
Es cierto que son derechos de los niños, pero no tienen que ser derechos a secas, tiene que llevar a cabo la imposición y la puesta en práctica.
Con la de niños que no disponen de todos esos derechos (hambre, escasa educación...) cada uno de nosotros debería pararse a pensar y valorar las facilidades que disponemos hoy dia los jovenes...
Respecto de vuestro blog, está muy chulo en serio! Además, poneis opiniones vuestras, sacais otros temas a debatir, cosa que me parece muy bien :)
Gracias por firmar en nuestro blog, se agradece jejejeje.
Bss
ups se me olvidaba firmar :S
soy Daniel Álvarez Hernández
1º Educación Infantil
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